ESCUCHANOS A TODO EL MUNDO

martes, 16 de abril de 2013

Ferreyra:"los delincuentes tienen nombre y apellido"

alt
ROBERTO FERREYRA: SECRETARIO DE CONTROL URBANO
El Secretario de Ordenamiento Urbano de la Municipalidad de La Costa fue categórico se refirió a los Villareal de San Clemente, a Piqui Montero y a Chinono de Santa Teresita, "los delincuentes tienen nombre, apellido, un lugar donde viven y quienes los cuidan y los asesoran. Tienen apoyo político, y seguramente, económico y muchas veces de quien menos los esperamos. Nosotros no tenemos relación con estas personas".
En el programa que se transmiste por el canal 2 de zona centro del Partido de La Costa, Ferreyra en una entrevista con Tomás Bilanovik Sak  respondió inquietudes acerca de la seguridad y acciones que se vienen realizando en el distrito.
En ese sentido es inminente el inicio de clases en la Escuela de Policia Juan Vucetich, "los exámenes se tomaron en San Clemente porque el ministerio pidió cierta estructura. Se tenía que tomar una parte, un espacio inmobiliario para tomar parte del examen que es escrito y el grupo tenía que estar adentro, y en principio eran 400. Después tenía que tener un espacio donde los médicos pudieran trabajar e improvisar consultorios. También había una prueba física y sabíamos que íbamos a estar complicados por el tiempo, por si llovía. Así que pusimos varias opciones, en zonar norte, sur o centro. Vinieron ellos y eligieron ese lugar".
En cuanto a la edad requisitoria expresó:“uno puede anotarse hasta los 30 años en la escuela de Policía, y los 30 años tienen que estar cumplidos con posterioridad al examen, es decir si los 30 años los cumplieron con anterioridad, lo que es la estructura de ingreso que tiene, en este caso la policía, es una limitación muy estricta de la edad. De modo que si no se cumple ese requisito, por lo menos por ahora no se puede acceder.  Eso tiene que ver con la cantidad de años que uno tiene que tener para jubilarse del servicio. Si alguien tiene la vocación de cuidar gente, o proteger, tiene otras opciones que también puede viabilizar”.
Otra de las acciones del gobierno en relación a la seguridad es la puesta en marcha "el 10 de mayo" del juzgado de Garantías. "Dentro de lo que es la estructura judicial, en cuanto al procedimiento cuando el fiscal tiene la necesidad de pedir allanamientos, detenciones, etc., es una ventaja tener eso más cerca, porque había que pedirlo a Dolores. Es necesario a veces para avanzar en las investigaciones esas herramientas para los fiscales, pero eso antes se decidía por sí o por no, en la ciudad de Dolores".
"Existieron muchas trabas, pero se pudo lograr. Creo que es un conjunto de muchas cosas que se debían hacer antes para poder avanzar en las causas que ahora se van a ver beneficias".
En cuanto al espacio físico, explicó “lo que se hizo fue acondicionar, de acuerdo a lo que se había pedido, el espacio donde antes se encontraba el Juzgado de Faltas. Se hizo la remodelación de ese edificio en Mar del Tuyú, se instalaron todas las oficinas y finalmente el 10 empezará a funcionar. Estará a cargo el Dr.  Diego Olivera Zapiola, que es una persona que vive en el distrito y conoce la problemática".
Para llevar tranquilidad a la gente del Partido, "queremos decir que se está trabajando. Quizás, hoy hablamos de el esclarecimiento de un hecho, y hace 15 días de otro, pero se está trabajando. Porque creo que hay gente que actúa de mala fe cuando hay algún hecho delictivo pareciera que festejaran y aprovecharan la oportunidad para dejarnos mal parados y sacar una ventaja de esa situación"  continuó el encargado de la seguridad.
"Porque no se desconocen las situaciones delictivas que se dan, ni quiénes son los delincuentes. Por ejemplo en la comunidad de San Clemente del Tuyú se habla de los Villarreal y de cuándo van a estar detenidos. Bueno hay uno que ya está detenido. El trabajo de la justicia es insistir y a través de eso se pudo lograr la captura" puntualizó
"Quienes apoyan a estos delincuentes, no somos la gente buena, ni el gobierno municipal y muchos menos el intendente. Ya sabemos quiénes son, de la vereda de enfrente de la gente buena hay muy pocas personas" concluyó.

WWW.costadenoticias.com.ar

Viviana Zubiaurre: "Nosotros lo que queremos saber es qué pasó con Darío






Tras la absolución de los 6 imputados en el caso Jerez, su esposa Viviana Zubiaurre manifestó que “realmente yo esperaba que iba ser otra cosa, pero acatamos esto, que es un paso más". Por su parte, el dr. Fabián Améndola -representante de Alejandro Muñoz- sostuvo que "no tuve dudas que la imputación contra todas estas personas era un invento del Ministerio Público Fiscal".
 
Además, Viviana Zubiaurre agregó que "tenemos otras instancias, nosotros lo que queremos saber es qué pasó con Darío Jerez. Ellos (los imputados) no hablaron en el juicio, así que no sabemos qué pasó con Darío. En realidad a nosotros (la familia) lo que nos interesa es saber qué pasó con Darío, donde está y por qué lo hicieron".
 
Sobre la posiblidad de apelar el fallo, la esposa de Dario Jerez aseguró que será un tema que charlará con su abogada y luego "se verá".
 
En tanto, Fabián Améndola dijo: “no tuve dudas que la imputación contra todas estas personas era un invento del Ministerio Público Fiscal, mantenido a ultranzas aún con la prueba aportada durante la instrucción, ya que los puntos fundamentales en que se basaba la acusación realmente habían sido desvirtuados".
 
El abogado lamentó que se haya tenido "que llegar a esta instancia del juicio oral cuando esto se podría haber terminado mucho antes, y no someter a los imputados y también a la familia a un mes de juicio oral, a debatir algo que realmente no tenía ningún sentido”.
 
En cuanto a la acreditación del “hecho precedente”, es decir que Darío Jerez fue secuestrado y luego muerto, Améndola sostuvo que para él “no había elementos, por lo menos para probarlo con el requerimiento de certeza que requiere una sentencia penal. Desde el Ministerio Público se ha tomado como ejemplo el Caso Bru, pero en este caso los defensores estuvimos de acuerdo que no se daban las particularidades del Caso Bru, donde sí había una serie de indicios que permitían establecer que efectivamente la víctima había sido secuestrada, torturada y asesinada. Acá nada de eso había, y entonces mal podía llegarse al mismo resultado”.

www.costadenoticias.com.ar
 

Caso Darío Jerez – Toda la sentencia del tribunal y los argumentos de la misma.

 
 

(Inforcosta) Dolores – El viernes pasado el Tribunal en lo Criminal Nº 2 de la ciudad de Dolores emitió, luego una semana de análisis, un fallo absolutorio a todos los acusados.
No es sencillo resumir toda la acusación y los argumentos del tribunal y un extenso fallo, pero es una manera de argumentar todo el seguimiento realizado por esta redacción y entender un poco mejor lo que narramos, para que nuestros lectores puedan tener certeza de lo que sucedió en el proceso oral y publico por el supuesto encubrimiento agravado por la desaparición de Ruben Darío Jerez el 25 de octubre de 2001 en la localidad de Santa Teresita, en el Partido de La Costa.
Luego de un extenso racconto donde el Dr: Tamango describe las afirmaciones que realizó el Ministerio Público Fiscal (Bensi y Torres) en la acusación, la sustentación del fallo, es la siguiente:
Ninguno de esos extremos fue probado en la audiencia.
En primer lugar, debe advertirse que las personas que mencionaron haber visto a Jerez en la esquina de Diagonal 23 y calle 3 de Santa Teresita en el horario comprendido entre las 10 y las 12.40 horas del día 25 de octubre de 2001 –Raúl Higinio Rodríguez, Luis Gustavo Sánchez, Emilia Núñez, José Alberto Stoll y María Jesús Martins Vieira- en ningún momento mencionaron que hubieran observado movimientos o actitudes que permitan presumir una maniobra dirigida a concretar el secuestro de una persona.
 * Tal como lo dije -y quedara patentizado a través de sus respectivos relatos- no tengo la necesaria certeza para establecer que en esa oportunidad hubiera ocurrido un hecho de sangre o al menos una maniobra tendiente a privar ilegítimamente de la libertad al corredor de la empresa “Arcor”.
Y es a partir de esta circunstancia no debidamente acreditada en el debate que se abren a su vez una serie de interrogantes respecto de los ulteriores momentos.
* Por ende, aparece como infundada la pretensión fiscal de que con posterioridad aconteció el traslado de Jerez para luego darle muerte y ocultar su cuerpo.
Es de presumir que para su eventual e hipotética salida del país hubiera tomado los recaudos necesarias para no quedar registrado; y en el supuesto que su desaparición fuera forzosa y sea traslado fuera del país por los presuntos autores, éstos también habrían tomado las precauciones del caso a los efectos de no ser localizado.    
Ya con relación al plano que fuera exhibido en la audiencia, coincido con el Dr. Fabián Améndola en que el mismo ha servido como un elemento ilustrativo, a tal punto que fue utilizado por los testigos para graficar sus percepciones, pero del mismo no puedo extraer dato o referencia que permita concluir de manera unívoca en la consumación de un hecho violento.   
Ingresando ahora al análisis de las declaraciones testimoniales de las personas que concurrieron al debate,como así también de las escritas brindadas por el extinto Raúl Higinio Rodríguez (fs. 5, 160/161, 748/751, 2338/2339 y 3795/3797), encuentro que con ninguna de ellas se puede obtener un dato cierto que permita asegurar que el señor Rubén Darío Jerez resultó objeto de las maniobras ilícitas mencionadas por el Ministerio Publico Fiscal.
La circunstancia de que a partir de las 12.40 horas del día 25 de octubre de 2001 -conforme el horario aportado por el testigo Luis Gustavo Sánchez- no existan datos fehacientes acerca de su paradero en modo alguno constituyen la única hipótesis que permita develar su destino. Como lo señalara más arriba no puedo establecer con el grado de certeza necesaria para esta etapa procesal que la ausencia de Jerez estuviera motivada o causada por las acciones o conductas de una o varias terceras tendientes a que se retire del lugar en donde estaba, las que bien podrían haber ocurrido con el consentimiento, libre o viciado, del propio Jerez, como lo insinuó el Ministerio Publico Fiscal, y es a partir de allí que se presenta una innumerable cantidad de hipótesis respecto de las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se habrían producido los hechos con significación jurídica que menciona la Fiscalía como ocurridos con posterioridad al primigenio “prima facie” acontecimiento ilícito.
Detengo aquí mi análisis porque considero que en este tramo resulta útil abocarme a las manifestaciones de Gabriel de Jesús Torres y al grado de convencimiento que he obtenido a través de su relato.
En lo que aquí importa, el testigo describió una maniobra ocurrida en el mes de Octubre de 2001 en la localidad de San Clemente del Tuyu en la que estaban involucrados, al menos tres personas, una apodada “Zapatito”, otra a quien identificó como Jerez y el conductor del rodado. 
La versión traída por Torres no me resulta creíble. En primer lugar porque no quedó suficientemente aclarado por qué circunstancias tardó al menos cuatro años para comunicar a las autoridades un episodio que a su juicio significaba que una persona estuviese siendo cautiva de otra.
* Avanzando ahora sobre el resto de los elementos utilizados porla Fiscalía, advierto que el contenido de la declaración testimonial de la perito de la Dirección de Análisis en la Investigación de las Comunicaciones Claudia Jerez Silva y los hallazgos de ésta luego de realizar el entrecruzamiento de llamadas entre los números 02246 43064 correspondiente al teléfono fijo instalado en la vivienda de Rubén Darío Jerez (Calle 46 nº 666 de la localidad de Santa Teresita) y el celular nº 02257 637979 del nombrado nada aporta a la hora de probar que la persona desaparecida haya sido trasladada hacia un lugar donde no quería permanecer, para luego, darle muerte y ocultarse su cadáver.
En cuanto al aporte testimonial de los funcionarios policiales Joaquín Alberto Coronel y Eduardo Omar Seira, quienes a su turno hicieran referencia a las parciales tareas investigativas emprendidas a lo largo del proceso, es de señalar que en referencia al tema en tratamiento han traído al debate las presuntas manifestaciones efectuadas por el entonces detenido Alzugaray, quien habría exteriorizado los motivos y las circunstancias que derivaron en la desaparición forzada de Jerez.
Sin perjuicio que eventualmente habré de volver sobre las expresiones que se le atribuyen al coimputado Alzugaray por parte de Coronel y Seira, una primera mirada permite, a la luz de las probanzas volcadas en las audiencias de debate, descartar o minimizar algunas de las referencias efectuadas por Alzugaray. En efecto, no parece posible que Jerez estuviera a cargo del cobro de deudas a morosos de la empresa “Comprar” S.A. Esta circunstancia no solo fue desmentida por los diferentes testigos vinculados con la citada empresa y por su esposa, quienes dijeron que su actividad era bien distinta, sino que además no se condice con la personalidad de Jerez que fue descripta acabadamente por sus familiares y personas que lo conocían.
* De otro costado, la referencia a los supuestos autores materiales de la agresión física a Jerez que habría terminado con su vida, no ha tenido la comprobación “prima facie” con otras circunstancias o elementos de convicción tanto en este proceso como el en principal –me refiero al trámite de la I.P.P. nº 03-00-003901-10 que pudieran determinar, con algún grado de conocimiento, que los hechos pudieran haberse desarrollado como fueron relatados por el ocasional testigo del encuentro entre Grande y Bin.
Seguidamente me ocuparé de los testimonios de Damián Renzi y Olga Bortolamedi. En este tópico el Dr. Torres puso de resalto que los nombrados mencionaron en el debate haber visto a Jerez circulando por la ruta el día veinticinco de octubre de dos mil uno entre las 13.00 y 13.30 horas aproximadamente.
No obstante el tenor de esas afirmaciones, el señor Fiscal consideró que ambos se habían confundido, ya que sus dichos habían sido contrarrestados por los testigos a los que se había referido precedentemente (Sánchez, Núñez, Stoll, Martins y Rodríguez), los que habían sido claros en cuanto a la ubicación del vehículo de Jerez.
Para dar mayor contundencia a su postura dijo que la zona suburbana en el produjo el avistamiento referido por Renzi y Bortolamedi, la velocidad en que los vehículos se habían cruzado y la existencia de un vehículo de igual marca, color y modelo –ello en función del dominio que ambos poseían: CLA 593 y CLA 584 al que había hecho mención la Sra. Zubiaurre- pudo incrementar la posibilidad de que incurrieran en un error.
Resaltó seguidamente que quedó acreditado que el propietario de este segundo rodado era el señor Pérez, que su declaración se incorporó al debate por su lectura, y que conforme lo había mencionado la señora Zubiaurre éste tenía características físicas similares a las de su esposo. (NDR: Nunca se llamó a declarar al tal sr. Perez)
En otro tramo de su exposición el Ministerio Publico Fiscal destacó las declaraciones de Raúl Rodolfo Medina, Teresa Raquel Farías y Mirta Gladys Amestoy, en cuanto descartaron cualquier ausencia voluntaria.
Aquí vuelvo a lo dicho anteriormente en cuanto a que los nombrados no aportaron ningún dato que pudiera ser tenido en cuenta a la hora de acreditar los extremos referidos por la Fiscalía en punto a que Jerez fue obligarlo a alejarse del lugar donde se encontraba y posteriormente llevado hacia otro sitio donde le dieron muerte y escondieron su cuerpo (…) A esta altura me parece necesario también referirme, aunque más no sea someramente, a lo expresado por el Ministerio Publico Fiscal al momento de los alegaros en cuanto dijo que las acciones ilícitas estaban vinculadas con la actividad de Jerez en “Comprar” y con la relación existente entre Alzugaray, Grande, Bin, Sarraillé, Ríos, López e Ibarra a la época de la desaparición.

En lo referente a que la desaparición de Jerez tiene que ver con la actividad que desarrollaba y con la empresa “Comprar”, aparece como inverosímil la versión que le atribuye a Jorge Grande ser el dueño o propietario de la financiera -hecho no acreditado en autos- ya que no se advierte hacia quien o quienes estaba dirigida la supuesta actividad de Jerez de cobrar cuentas a morosos mediante el “apriete” a los deudores renuentes, si en definitiva esa tarea redundaba en beneficio de la empresa que se le adjudicaba a Jorge Grande. Más descabellada se presenta la idea de que el propio Jerez hubiera procurado cobrarle alguna deuda demorada de cualquier tipo, tanto a Grande como a Bin.
* Otro punto en crisis es el relacionado con la fotocopia de un cheque que, por vía indirecta, habría aportado Alzugaray. Debe hacerse hincapié en que la documental de fs. 2248 vta. se refiere, como se acreditó en el juicio, a un cheque que fue depositado en la institución bancaria meses antes de la desaparición de Jerez. Por ende tal fotocopia fue obtenida antes de su presentación al cobro, no pudiéndose determinar quien a esa época resultaba ser su tenedor o portador, y a todo evento, tampoco que en la circulación del mismo tuviera que ver la empresa “Comprar” y/o alguno de los imputados.
Anticipo que por las razones expuestas, y otras que más abajo habré de explicitar, entiendo que no han quedado suficientemente acreditadas las materialidades ilícitas que conformarían el hecho precedente, por lo que propongo desestimar la acusación.
Y si bien es cierto y comparto los criterios doctrinarios y jurisprudenciales que imponen que no es necesario que el hecho precedente sea fehacientemente probado, no lo es menos que deben existir algunos elementos que permitan asegurar que el hecho pudo haber ocurrido, situación que no se ha acreditado en el debate, conforme ya lo he dejado expuesto en el desarrollo íntegro de mi voto.       
Con  referencia a este tema puede traerse a colación el antecedente jurisprudencial que estableció “… el encubrimiento es un delito que atenta directamente contra el bien jurídico: administración de justicia, impidiendo, perturbando o entorpeciendo su accionar en procura de determinar las connotaciones de otro ilícito, sea referido a sus intervinientes o sea a la recuperación de los objetos vinculados con aquel.
Me parece importante resaltar que se trata de un injusto autónomo, aunque conexo y consecutivo a otro hecho delictivo que debe preexistir como presupuesto o condición para su existencia … La norma establece con precisión los presupuestos en los que se edifica la figura, y así instala por un lado que debe haberse cometido o mediado un delito – en el que el agente no hubiere participado – y por el otro recrea la ayuda que debe necesariamente ser posterior, sin derivar bajo ningún punto de vista, del producto de una promesa pretérita de colaboración. No sobra remarcar, que carece por completo de toda virtualidad, la especie del delito precedente, importando sólo y únicamente su existencia, desde que el favorecimiento del agente activo por un ilícito que en definitiva no ocurrió como tal, o en el que él no hubiere intervenido, lo alejan de su enmarque típico. Téngase en claro, que no posee influencia alguna -para la verificación del injusto en trato claro está- la circunstancia de que el beneficiado por el encubrimiento resulte o no sancionado punitivamente, ni tampoco opera como obstante de fuste para la adecuación del tipo penal, su falta de conocimiento acerca de la calificación legal del injusto precedente, resultando el único reparo exigido, que sepa la existencia del ilícito precursor. A manera de ejemplo, traeré solo a la memoria del lector, dos conocidos posicionamientos jurisprudenciales de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional (…)
Como corolario de todo lo antes dicho arribo a la conclusión desestimatoria de la pretensión fiscal y del particular damnificado en razón de considerar que hasta el presente no se han recolectado elementos de convicción suficientes y adecuados como para tener por acreditado el hecho precedente, de la forma y manera en que fue delineado por la Acusación, que sirve de sustento al reproche enrostrado a los imputados que fueran traídos a juicio como autores o coautores de encubrimiento agravado.
Sin embargo, la valoración crítica de dichas pruebas no permite arribar a la certeza de que Muñoz fue la persona que se encontró con Jerez esa mañana.
A lo largo de su exposición Stoll sostuvo que ese individuo estuvo de espaldas a su negocio, que cuando se fue junto con Jerez, giró y fue en ese momento cuando le vio el costado de la cara, que medía entre un metro sesenta y un metro setenta de estatura, siendo un poco más alto que aquél.
De acuerdo a la dicho por Viviana Zubiarre, su esposo medía 1,62 mts.. Si bien no se cuenta con ese dato respecto del encausado Muñoz, conforme he podido apreciarlo en la audiencia su estatura es superior a 1,80 mts.
Por ende la fugaz y parcial visión que el señor Stoll tuvo de ese masculino, como así la escasa diferencia de estatura que percibió entre éste y Jerez, incompatible con la que realmente existía, aunado al tiempo que transcurrió hasta la realización de la diligencia-  aproximadamente seis años-, son factores que menguan el valor probatorio del señalamiento, y que en definitiva no me permiten arribar a la convicción de que Muñoz haya sido uno de los dos protagonistas del encuentro que relató el testigo.
Menos valor otorgo aún a los dichos de Rodriguez, de fs. 2338/2339, no porque los crea mendaces, sino porque el mismo ha manifestado que en el video del programa televisivo que observó y en el que aparecía el señor Muñoz, lo reconoció a este en un ochenta por ciento como el masculino que vio junto a Jerez en las circunstancias narradas en la declaración de fs. 748/751. Por ende, su señalamiento no resultó asertivo.  
Sobre el auto del desaparecido: “La señora de Jerez dijo que al presentarse en el lugar vio el interior del habitáculo, no habiendo observado signos de violencia, añadiendo que en la butaca del acompañante estaba el pullover con el que su esposo había salido esa mañana y el cargador del celular, como así también unas cajas.
Por ende, no se advierte y tampoco lo ha explicitado el Ministerio Público de qué manera el movimiento del rodado implicó una alteración o desaparición de rastros, huellas o vestigios que pudieran haber servido para el descubrimiento de la verdad. Cobra importancia que los testigos indicados por la acusadora como aquellos que habían percibido que el automóvil  de Jerez no se movió del sitio donde lo estacionó su dueño – me refiero a Stoll, Nuñez, Rodriguez-,  ninguno de ellos manifestó que hubieran observado movimientos o personas extrañas en su interior, luego de que Jerez descendiera del mismo.
Entonces, si no se ha probado que dentro del vehículo o en sus adyacencias se haya perpetrado una acción violenta en contra de Jerez, no puede sostenerse con certeza que el mero traslado de ese rodado hacia la vivienda de su propietaria ha conllevado la desaparición de huellas o rastros de valor  para la investigación, máxime si al momento de su hallazgo precisamente se encontraron aquellos  elementos que Jerez -por las actividades que habitualmente desarrollaba- podía llevar en su interior (…) por la que se formuló acusación contra Subirol, esto es el haber aportado datos falsos o pistas inconducentes a la investigación con igual finalidad de ayudar al o los autores a eludir las investigaciones.
Si bien el señor Fiscal no precisó en que consistieron esos datos, al mencionar la prueba en la que sustentaba aquella base fáctica se refirió a lo expuesto por el Comisario Seira en el debate.
Al respecto el funcionario manifestó que Subirol durante el primer tramo de la investigación comentaba que Jerez se había ido con una mujer de un profesional de Santa Teresita, que podía estar relacionado con la secta umbanda, o que lo habían visto en Brasil. Añadió que a él le resultaba sospechoso Subirol ya que los testigos de las adyacencias de diagonal  23 y 3 habían visto un auto oscuro en el lugar y Subirol tenía un vehículo de esas características. Que aquella actitud del nombrado no le pareció correcta  y por eso además lo tenía como sospechoso (…) La sola confrontación de los testimonios de los policías Coronel y Seira, con el del señor Medina permite arribar a la conclusión de que los datos falsos cuyo aporte se le adjudica a Subirol, no se trataban de pistas artificiosamente creadas por él y arrimadas a los investigadores, sino que en todo caso se hizo eco imprudentemente de las conjeturas, comentarios o versiones que se fueron tejiendo a medida que fueron transcurriendo los días sin que se tuvieran noticias del paradero o destino de Jerez.
No veo que esta conducta deba ser considerada como el actuar positivo que facilite o haga posible que el autor de un presunto ilícito pueda eludir la investigación de la autoridad, y menos aún satisface el elemento subjetivo que exige la figura en trato, esto es el conocimiento de todos los componentes del tipo objetivo, y la voluntad encaminada al favorecimiento personal que se procura.        
Sobre la imputación a Jorge Grande el tribunal argumentó:
“Tras haber efectuado una sucinta reseña de la prueba invocada por el señor fiscal, no emerge de la misma cuál habría sido la intervención que le cupo a Jorge Grande en la referida maniobra, consistente – según la Fiscalía- en la introducción de datos falsos al proceso. 
No ha explicitado el Ministerio Público, la actividad concreta que desarrolló, ya que – a estar a los dichos de Torchetti- fue Rodolfo Villalba quien le hizo saber del presunto ocultamiento del cadáver de Jerez en la morgue del Hospital.
Por otra parte, tampoco aparece claro cómo pudo pergeñarse esa maniobra consistente en brindar esa información falsa a Torchetti, si el encuentro con Villalba surgió del pedido que el Secretario de Salud del Gobierno justicialista, Cristian Rossi le efectuara a aquél, de que lo fuera a ver a Villalba para ofrecerle el empleo.
Torchetti en ningún tramo de su relato hizo alusión a Jorge Grande. Y cabe preguntarse cómo podía conocer el imputado que se iba a producir ese encuentro de modo tal de encargar, instigar o determinar a  Villalba – si es que esa hubiera sido su tarea- para que le brinde esa falsa versión. Y a más de ello, como podía asegurarse de que la misma llegaría a conocimiento de la autoridad encargada de la investigación? 
Francamente, la prueba rendida no me ha brindado respuesta a ninguno de estos interrogantes” 
Pasaré ahora a analizar el restante comportamiento al que el señor Fiscal entendió constitutivo de favorecimiento personal, consistente en la contribución brindada a los autores del hecho precedente a través de la aportación a la causa de datos falsos, usando como medio a un inimputable.
Según la fiscalía se ha demostrado que en los primeros meses del año 2003 Gustavo Maidana fue inducido por dos o tres personas a realizar un llamado telefónico a Viviana Zubiaurre, por el que le comunicaba que había sido el autor de la muerte de Jerez. 
Ahora bien, no se ha podido contar en el juicio con la versión de Gustavo Gabriel Maidana. Respecto del nombrado, conforme ha quedado asentado en las actas de debate, se han suscitado diversas cuestiones: en la primera jornada de juicio, se objetó su citación como testigo en razón de revestir la condición de imputado en la I.P.P.,  y al verificarse que su situación procesal aún no había sido resuelta, se decidió que no podía ser escuchado en aquella calidad. Luego el señor Fiscal aportó la resolución  dictada por la Sra. Jueza de Garantías Dra. Laura Elías, el día 21 de marzo del corriente año, en la I.P.P. 03-00-003901-10, mediante la cual se lo sobreseía por resultar inimputable, con fundamento en un informe psiquiátrico practicado por el Dr. Diego Otamendi, en el año 2005.
Entonces, en razón de haberse acreditado que a ese momento Maidana había quedado desvinculado de la imputación que otrora se le había dirigido por el delito de Encubrimiento agravado, se admitió convocatoria prestar testimonio, pero previo a ello el Tribunal dispuso la realización de un nuevo informe psiquiátrico a los fines de establecer si el mismo se encontraba en condiciones de hacerlo, como así de comprender los alcances y consecuencias de dicho acto y de ser sometido al interrogatorio de todas las partes (…)  Al no haber podido ser interrogado en juicio, no encuentro otro medio que en sustitución de sus dichos permita sostener que los indicados, cuyos nombres han llegado a través de los relatos de Barissi y Gils sean efectivamente quienes participaron de la maniobra tendiente a la captación de Maidana, con la finalidad de usarlo como medio para introducir una pista falsa en la investigación.
Insisto, no descreo del aporte testimonial de la docente y la madre de Maidana, pero al haberse cerrado la posibilidad de interrogarlo en el debate deviene imposible evaluar su propia capacidad para trasmitir lo acontecido y la credibilidad que sus dichos pudieren merecer.
Y al momento de abocarme a la faena de reconstruir este tramo de la conducta por la que medió acusación, el déficit probatorio señalado no puede remediarse acudiendo al resto de los elementos mencionados por el señor Fiscal, ni a aquellos que ha citado insistentemente a los fines de demostrar la relación que al año 2001 existía entre los imputados entre sí, o con aquellas personas a quien ha señalado como sospechosos de ser los autores materiales del hecho principal.
Por estos fundamentos, considero que tampoco en este caso la materialidad ilícita al que el Ministerio Público ha calificado como encubrimiento ha quedado demostrada.        
En lo que respecta al Hecho III de la acusación, al que el Ministerio Público ha calificado como falso testimonio y ha atribuido su autoría a Gastón Leandro Alzugaray, el mismo ha consistido esencialmente en afirmar falsedades y negar y callar ante el Fiscal de Instrucción durante una diligencia de careo realizada el día 27 de agosto de 2007, manifestando no saber nada de esta causa y negando haber brindado datos relativos a la desaparición de Jerez, en una entrevista mantenida con el entonces Oficial de Servicio de la Comisaria de General Madariaga, Joaquín Coronel, mientras se encontraba allí alojado.
Luego de un análisis desmenuza de de desconexidades, relatos inverosímiles el tribunal expresó: “Por estos fundamentos, propongo la libre absolución de Gastón Leandro Alzugaray, por no haberse probado la materialidad delictiva del hecho por el que medió acusación fiscal”
 Con todo lo dicho hasta aquí estimo que he dado respuesta a los principales y esenciales cuestionamientos que se han puesto a la consideración del tribunal durante el curso de las audiencias de debate y por el cual estamos llamados a pronunciarnos. 
Añado, a mero titulo ejemplificativo y a mayor abundamiento, ya que la acusación ha recurrido a diversos elementos de prueba, que “La circunstancia que la ley vigente, en aras del sistema probatorio que excogitó, no regule la prueba por indicios o presunciones, no puede significar que su utilización se halle fuera de toda regla lógica. Mas aún, dado que la formación de la convicción por meras inducciones o inferencias puede aparejar grave peligro para la libertad del individuo, habida cuenta la posible irrupción de un subjetivismo explicable aunque no aceptable, desde antiguo se han enunciado principios racionales reguladores de su empleo, sintetizados en los requerimientos (o atributos) de gravedad, pluralidad, concordancia y precisión“ (TCP, Sala I, 2631; G.,M. s/ Recurso de casación), por lo que debe tenerse presente que “Tratándose de elementos probatorios calificables de indicios -"id est": señaladores de un camino-, su análisis debe ser hecho en forma integral y armónica y nunca de manera parcial o aislada, puesto que toda evaluación incompleta conduciría a desvirtuar su sentido. De manera que el análisis parcial y aislado de los elementos de juicio … sin integrarlos ni armonizarlos debidamente en su conjunto, configura vicio descalificante, como también lo configura transformarla en una simple operatoria de sumas y restas como si revivieran los espectros de la prueba tasada” (TCP, Sala I, 2929, R.,G. s/ Recurso de casación), y en el mismo sentido “La fuerza de la prueba de presunciones radica en el correcto silogismo que lleva de los hechos indiciarios -debidamente acreditados por las pruebas directas- a los hechos indicados que surgen mediante un procedimiento indirecto de deducción, que puede alcanzar un alto grado de probabilidad y de unicidad si se los valora no aisladamente sino en conjunto, y si es que en esa valoración se repiten, además, las reglas de la ciencia, la experiencia y el sentido común” (TCP; Sala III, 20613; R.,W. s/ Recurso de casación interpuesto por el Fiscal General).-
Con las presentes argumentaciones, entiendo haber dado respuesta también al criterio sustentado por la representante del Particular Damnificado, Dra. Marta E. Esponda, pues en esencia ambas partes acusadoras han utilizado los mismos elementos con idéntica finalidad.  
De compartir mis colegas el presente voto, deberá obviarse el tratamiento de las demás cuestiones que conforman el art. 371 del ritual.
Voto por la negativa a la presente cuestión, por ser ello mi convicción sincera. (Arts. 210, 371 inc. 1° y 373 del C.P.P.).
A la misma cuestión la Dra. Avalos dijo que adhería, por sus fundamentos, al voto precedente. (Arts. 210, 371 inc. 1° y 373 del C.P.P.).
A la misma cuestión, el Dr. Colombo dijo que adhiere a los votos que preceden, por sus fundamentos. (Arts. 210, 371 inc. 1° y 373 del C.P.P.).
         Por todo ello EL TRIBUNAL, POR UNANIMIDAD RESUELVE:
I.- ABSOLVER LIBREMENTE a ALEJANDRO GUSTAVO MUñOZ, quien resulta ser argentino, D.N.I. nº 16.468.131, nacido el día 26 de abril de 1963 en la localidad de Castelar, Provincia de Buenos Aires, hijo de Alberto y de Susana Carrizo, instruido, casado, con último domicilio en Avenida Costanera al 900, Complejo “Playa Norte” de Mar de Ajó, Partido de La Costa y a CARLOS SUBIROL, argentino,  titular de D.N.I. Nº 10.659.826, nacido el día 28 de marzo de 1953 en la localidad de Florida, Partido de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, hijo de Salustiano y de Laura Gil, instruido, casado, con último domicilio en calle 104 N° 1477 de la localidad de Santa Teresita, Partido deLa Costa, Provincia de Buenos Aires, en orden al delito de Encubrimiento agravado (art. 277 inc. 1º  apartados “a” y “b” en relación con el inciso 3º apartado “a” del Código Penal) –(Hecho I)- por el que fueron requeridos de juicio, en razón de no haberse probado la materialidad ilícita, sin costas. (Art. 530 del C.P.P.).
         II.- ABSOLVER LIBREMENTE a: DANIEL CLAUDIO LOPEZ, quien resulta ser argentino, titular de D.N.I. nº 13.134.213, nacido el día 20 de mayo de 1957 en la localidad de Wilde, Provincia de Buenos Aires, hijo de Ramón y de Gilnarda Trinidad Malatesta, instruido, casado, con último domicilio en calle 56 n° 257 de Mar del Tuyú, Partido de La Costa, (Provincia de Buenos Aires); GERARDO CRISTIAN IBARRA, argentino, poseedor de D.N.I. nº 12.735.597, nacido el día 15 de enero de 1957 en Mar de Ajó, Partido de La Costa, Provincia de Buenos Aires, hijo de Gerardo Jesús y de Idora Carmen Calvela, instruido, casado, con último domicilio en calle Francisco de las Carreras nº 444 de la localidad de Mar de Ajó (Partido de La Costa, Provincia de Buenos Aires) y a JORGE EDUARDO GRANDE, argentino, titular de D.N.I. nº 11.743.922, nacido el día 23 de septiembre de 1955 en la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, hijo de Fernando Mario y de Zulema Haydeé Ortega, instruido, viudo, con último domicilio en calle 11 n° 290 de San Clemente del Tuyú, Partido de La Costa, Provincia de Buenos Aires, en orden al delito de Encubrimiento agravado (art. 277 inc. 1º  apartados “a” y “b” en relación con el inciso 3º apartado “a” del C.P.) (Hecho II) por el que fueron requeridos de juicio, en razón de no haberse probado la materialidad ilícita, sin costas. (Art. 530 del C.P.P.).
         III.- ABSOLVER LIBREMENTE a LEANDRO GASTON ALZUGARAY, argentino, titular de D.N.I. nº 23.183.629, nacido el día 7 de enero de 1973 en la localidad de Benito Juárez, Provincia de Buenos Aires, hijo de Alberto Abel y de Dora Beatriz Carrizo, instruido, soltero, con último domicilio en calle Rosales nº 1458 de la localidad de Mar de Ajó, Partido de La Costa, Provincia de Buenos Aires, en orden al delito de Falso Testimonio (art. 275 del Código Penal) (Hecho III) por el que fue requerido de juicio, en razón de no haberse probado la materialidad ilícita, sin costas. (Art. 530 del C.P.P.).
Regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Marta Luján Esponda (Tº II Folio 165 del C.A.D.) en su carácter de Patrocinante de la Particular Damnificada Sra. Viviana Zubiaurre, por los trabajos practicados en autos, en la suma de 90 unidades de Jus, o sea el equivalente a pesos dieciséis mil novecientos veinte ($ 16.920), suma ésta a la que se le adicionará el 10% de ley. (Arts. 9, 15,  16, 28, 30 y 33 de la Ley 8904; art. 12 de la Ley6716; art. 534 del ritual y art. 10 de la Ley 10.268).
Regúlanse los honorarios profesionales de los señores co-Defensores Particulares de los coimputados Jorge Grande y Carlos Subirol, Dres. Guillermo Brown (Tº II, Fº 76 del C.A.D. y Leonardo Abdala (Tº III, Fº 13 del C.A.D.) por los trabajos practicados en autos, en la suma total de ciento cincuenta unidades de Jus, o sea el equivalente a pesos veintiocho mil doscientos $ 28.200), suma ésta a la que se le adicionará el 10% de ley. (Arts. 9, 15,  16, 28, 30 y 33 de la Ley 8904; art. 12 de la Ley 6716; art. 534 del ritual y art. 10 de la Ley 10.268).
Regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Fabián Améndola,  Co-Defensor Particular del imputado Alejandro Muñoz, Dr. Fabián Améndola (Tº XLV, Fº 209 del C.A.L.P.), por los trabajos practicados en autos, en la suma total de ciento cincuenta unidades de Jus, o sea el equivalente a pesos veintiocho mil doscientos (28.200), suma ésta a la que se le adicionará el 10% de ley. (Arts. 9, 15,  16, 28, 30 y 33 de la Ley 8904; art. 12 de la Ley 6716; art. 534 del ritual y art. 10 de la Ley 10.268).
Regúlanse los honorarios del Sr. co-Defensor Particular de Daniel Claudio López, Dr. Ramón Antonio Giménez (Tº IV, Fº 62 del C.A.D.), por los trabajos practicados en autos en la suma total de ciento cincuenta unidades de Jus, o sea el equivalente a pesos veintiocho mil doscientos ($28.200), suma ésta a la que se le adicionará el 10% de ley. (Arts. 9, 15,  16, 28, 30 y 33 de la Ley8904; art. 12 de la Ley 6716; art. 534 del ritual y art. 10 de la Ley10.268).
Difiérese la regulación de los honorarios del Dr. Hernán De Palma hasta tanto éste satisfaga el pago de los tributos de ley.
Póngase la causa a disposición de las partes, a los fines que obtengan las fotocopias que estimen pertinentes, conforme las peticiones que efectuaran a lo largo del debate.
Regístrese.
Firme y consentida que sea la presente, devuélvanse a la Oficinade Efectos los elementos incautados en autos (Efectos nº 796, 797, 798 y 799).
Devuélvanse las I.P.P. y toda otra documentación acompañada como prueba. 
Con lo que terminó el presente acuerdo, firmando los señores Jueces, ante mí, conste.

A nuestros lectores, también les ofrecemos el fallo completo en un archivo adjunto donde podrán entender el debate público, que duró poco mas de un mes y el trabajo de argumentación de las absoluciones dictadas por el tribunal.

Por Anotonio Porcelli

El impacto de la deslucida elección de Maduro en la reelección de Cristina



El kirchnerismo había imaginado que un triunfo aplastante de Nicolás Maduro iba a derramar sobre el continente y empujaría la reelección de Cristina. En las horas previas a la elección hubo un pedido de apoyo explícito del chavismo al Gobierno. El rol de José María Olazagasti y el temor al efecto Lanata.
El impacto de la deslucida elección de Maduro en la reelección de Cristina
Diego Maradona y Nicolás Maduro.
El apretado y sospechado triunfo de Nicolás Maduro en la elección presidencial de Venezuela alteró los ánimos de Cristina Kirchner, quien programó un viaje a Caracas para esta semana y envió a Boudou a la "celebración" del chavismo que mostró caras largas y tensas, en el palco del Palacio de Miraflores en la madrugada del lunes.

El ajustado final, con denuncias de fraude de la oposición, dejó parado al Gobierno que s ehabía entusiasmado con un triunfo aplastante de Maduro -las primeras encuestas hablaban de una diferencia de 20 puntos, para subirse a la ola y empujar en la Argentina la reelección de CRistina.

Fue la bandera que llevó al acto de cierre del chavismo Diego Maradona, quien se mostró con una camisa que decía Cristina 2015. Conocidos los resultados en el equipo que envió Julio de Vido a Caracas primó el bajón y en la Argentina hubo un notable silencio de radio que incluyó a todo el espectro argentino.

Hoy a la mañana los funcionarios del Gobierno trataban de consolarse imaginando que con seis años por delante, Maduro podrá reconstituir su poder.

Es que no sólo el efecto político estaba en juego. También hay intereses muy importantes que dependen del chavismo.

Venezuela representa un aliado clave para el Gobierno en su desesperada búsqueda de garantizar el abastecimiento energético. Es una d elos pocos países que financia al país en las costosísimas compras de combustible para abastecer la generación eléctrica y el transporte.

Henrique Capriles, el candidato opositor, sorprendió en la campaña al denunciar que Argentina le debe a Venezuela 13 mil millones de dólares por esas operaciones, casi la misma cifra que representa el déficit energético de este año.

La fructuosa relación se inició en el primer gobierno de Néstor Kirchner y tiene un silencioso personaje como principal protagonista: José María Olazagasti, secretario privado de Julio de Vido en los papeles, pero en los hechos lazo inmediato entre la Casa Rosada y el palacio de Miraflores.

“Olazagasti hablaba con Chávez. Y Cristina, que no le gusta intermediar con funcionarios, lo tenía que llamar para coordinar acciones, como la venta de decodificadores para la televisión digital”, contó a LPO una fuente del Ministerio de Planificación.

El efecto Lanata

No fue una noche fácil para Olazagasti: sufrió la agridulce elección de Maduro y el informe de Periodismo Para Todos sobre los casos de corrupción del empresario Lázaro Baez, quien habría tenido un vínculo cercano a De Vido durante la presidencia de Kirchner. No tanto ahora, cuando Cristina prefiere hablar en forma directa con los pocos empresarios que atiende, como es el caso de Lázaro.

Fue por ese vínculo que pocos le creyeron cuando declaró a la justicia desconocer al empresario venezolano Guido Antonini Wilson, quien en 2007 ingresó al país con una valija de 800 mil dólares.

Pocos días antes de la elección Cristina supo por Olazagasti, que Maduro no ganaría con la holgura que lo hizo Chávez, quien en octubre aventajó a Capriles por 10 puntos. Y que necesitaba un apoyo explícito del Gobierno.

Ante el pedido de apoyo, evitó poner el cuerpo y envió a Boudou a Caracas, donde tuvo que mostrarse al lado de Maduro en el palco, el mismo donde Chávez en octubre ni siquiera subió a un representante de otro país.

Cristina aterrizará el miércoles a Miraflores para verse con Maduro, justo un día antes del cacerolazo que le harán en Argentina. Será un gesto de apoyo necesario en una relación que no puede quebrarse.

La presidenta deberá seguir de cerca también la construcción de poder del nuevo jefe de Estado venezolano -ya se habla de un inminente cambio de gabinete-, quien claramente no logró mantener el peso de su antecesor y perdió un millón de votos ayer.

La clave será el control del Ejército, que tiene más llegada al ex militar Diosdao Cabello, presidente de la Asamblea Nacional y rival de Maduro.

Debe lidiar con una crisis económica severa, que lo obligó a devaluar dos veces la moneda y que acaso haya contribuido a la sangría de votos que sufrió. El papel de los aliados regionales será clave para darle estabilidad a un gobierno que arrancó complicado. 
www.lapoliticaonline.com

“Está en juego el honor de Kirchner”



El diputado Felipe Solá le pidió a la presidenta Cristina Kirchner que permita avanzar en la investigación sobre el supuesto lavado de dinero del empresario Lázaro Báez porque está en juego "el honor de su difunto marido". 
Felipe Solá.
"Lo que hay que hacer es investigar, sino, no le va a quedar la menor autoridad moral para nada. Habría que investigar antes, no se hizo, pero ahora ya no hay ninguna razón de Estado para no investigar esto", afirmó, según señala el sitio Asteriscos.

Solá destacó que en el país "hasta el momento no se consiguió que la corrupción se investigue. Se ha protegido el caso Skanska, al vicepresidente Amado Boudou, y con la reforma de la Justicia que impulsa el gobierno nacional se aumenta la protección", agregó.

"Con Kirchner, si había enriquecimiento personal o beneficios a empresas amigas, no se sabía. Siempre existió la sospecha de los amigos, Lázaro Báez , Cristóbal López ", afirmó Felipe Solá e insistió: "Yo le diría a la presidente que lo que está en juego es el honor de su marido".

"Siempre existió esta sospecha sobre todos los amigos (del poder), Lázaro Báez, pero también (el grupo) Electroingeniería, me puedo olvidar de muchos, y siempre se pensó, en el caso de que fuera así, había un aceitadísimo sistema, muy sutil, para que las cosas pasaran como temas de los empresarios", deslizó Solá.
www.lapoliticaonline.com

 

Convocan a una marcha contra Etchevarren



Se llevará a cabo este miércoles en Dolores. Será la segunda marcha en menos de dos meses. Convocan a participar a todo aquel que tiene motivos para hacer reclamos al intendente.
    Mañana miércoles 17 de abril se llevará a cabo en Dolores la segunda marcha en contra de la gestión del intendente municipal, Camilo Etchevarren. La misma se llevará a cabo en la céntrica Plaza Castelli de Dolores, a las 19.00.

Será la segunda convocatoria para reclamar en contra el jefe comunal dolorense. La primera marcha se llevó a cabo el pasado 27 de febrero. La convocatoria se lleva a cabo especialmente mediante la red social Facebook, impulsada por Erica Molina y Sebastián Cretón. Y es apoyada por el diario Compromiso, que mantiene una disputa con Etchevarren desde hace algunos años por una cuestión económica.

imag
En febrero se realizó una marcha contra Etchevarren que reunió a unas 300 personas.
www.entrelineas.info

"Me extraña que no hayan fallecido menores"



El juez de la causa por el temporal de La Plata, Guillermo Atencio, quien luego de recorrer la morgue judicial había dicho que "no hay ningún cadáver que se corresponda" con la inundación, manifestó a La Tecla en Vivo (Cadena Río) que le llama la atención no figure ningún menor en la lista de fallecidos
El juez de la causa por el temporal de La Plata, Guillermo Atencio, quien luego de recorrer la morgue judicial había dicho que "no hay ningún cadáver que se corresponda" con la inundación, manifestó a La Tecla en Vivo (Cadena Río) que le llama la atención no figure ningún menor en la lista de fallecidos.

"Desde un primer momento me resultó extraño", sostuvo el magistrado, y agregó que "ojalá Dios quiera que no haya habido uno solo, pero realmente me llama la atención. De todos modos, sostuvo que "no por eso tengo pensar que lo están ocultando, yo espero la investigación del fiscal".

En el mismo sentido, señaló que "muchas veces al tomar una causa digo no me tomen por tonto, que no me traten de plantear una cuestión que es inconcebible desde el punto de vista de la racionalidad", y aclaró que habla desde la distancia que la ley le impone con respecto a la investigación.

"Lamento que sea así, porque después me veo en la obligación de recetar lo que se investigó y para mi pudo estar mal investigado o no", relató Atencio, para hacer hincapié en que "en definitiva me tengo que adaptar a lo que el fiscal investigó, circuncrubirme a lo que el fiscal me dice que investigó".

Al respecto de la cantidad de fallecidos y las causales, dijo solo tener la nómina y que se la había solicitado al fiscal Condomí Alcorta, porque "no me parece bien no saber los nombres" de los muertos.

En referencia a los tiempos, expresó que "hoy se cumplen dos semanas de la inundación, hay causas más simples que han demorado más tiempo. Seguramente el fiscal va a tener la dificultad de ver a quien le corresponde la responsabilidad o si le corresponde a todos".

"No olvide que además de esta causa en el turno, se han atendido gran cantidad de hechos que no tienen que ver con esta. Vale decir que hemos atendido sesenta o setenta detenidos", afirmó a modo de excusa, y completó diciendo que "el fiscal tampoco tiene en su fiscalía un grupo de personas que permita distribuir el trabajo como debiera ser", hecho que dijo no entender.

En referencia a la investigación en sí, Atencio mencionó que "lo primero que no tenemos que preguntar es qué delito estamos investigando. Y lo que estamos investigando es en lo que el Código Penal se llama estrago, lo que se entiende como el daño generalizado que puede llegarse a causar de una manera intencional o por imprudencia".

"En este caso todo hace pensar que estaríamos dentro de lo que se denomina estrago culposo, es decir cometido por imprudencia. ¿Por qué? Porque ha llovido, porque la ciudad se inundó, porque ha habido daños", afirmó el Juez de Garantías platense.

Dijo además que "para el Código Penal la cifra de muertos no es importante, para que se agrave el estrago vasta con una, vasta con haber puesto en peligro la vida de una persona", y agregó que "en cuanto a la responsabilidad política, aseveró que "nadie va a tener más responsabilidad, si es que alguien la tiene, porque haya más o menos muertos de los que hay".

En la continuidad de la entrevista, expresó que "ahora el fiscal debe encauzar la investigación hacia el punto de si la tragedia se pudo impedir y no se hizo lo necesario para que no ocurriera", y finalizó: "la investigación es compleja, para determinar quien es el responsable hay que remontarse a varios mandatos".

Garro: "Los jueves no pueden convertirse en punteros políticos del kirchnerismo"




El diputado provincial del PRO, Julio Garro, denunció hoy que "el kirchne
rismo quiere modificar la justicia para que sus punteros políticos y mi
litantes se conviertan en jueces", y resaltó que "los ciudadanos que
darán indefensos ante el poder del Estado si se sanciona esta ley"
(Redacción) Garro denunció que "detrás de los cambios que supuestamente
 traerá la 'democratización de la justicia' se esconde un intento de suprimir la
independencia de los jueces, modificando el régimen republicano que
establece la Constitución, en perjuicio de las libertades y derechos de todos los
 ciudadanos argentinos".

El diputado denunció que "los cambios propuestos en el Consejo de la Magis
tratura transforman a este organismo en dependiente de mayorías circunstan
ciales, y persiguen la finalidad de que el gobierno pueda designar y remover a
 los jueces que desee".

Consideró que "lo que buscan hacer con las medidas cautelaras, va a dejar
indefensos a los ciudadanos frente a los abusos de poder del Estado".

También denunció que "resulta paradójico que el oficialismo hable de 'demo
cratización de la justicia' y apruebe los proyectos sin debate democrático en el
Congreso".

"Esta reforma no es para que haya una justicia mejor, rápida y cercana a la gen
te, sino para ocuparla con jueces adeptos al Gobierno y preparar el terreno
 para la impunidad", agregó Garro, en consonancia con las declaraciones verti
das por el referente máximo del PRO, el Jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri.

Finalmente, Garro instó a ciudadanas y ciudadanos, dirigentes políticos
 de todo el arco opositor, intelectuales, empresarios, líderes sociales,
 dirigentes sindicales, y organizaciones no gubernamentales a firmar una de
claración de rechazo al intento de control de la justicia por parte del gobier
no nacional, a través de las mesas partidarias que el PRO instaló en diver
sos puntos de la ciudad, o acercándose al local partidario de calle 50 entre 17
 y 18.

La Justicia ya investiga el caso Lázaro Báez y Carrió amplió la denuncia


La diputada amplió una denuncia que había hecho en 2008 por asociación ilícita y otros delitos contra funcionarios y empresarios K. La causa original estaba en manos del juez Ercolini, pero la nueva acusación será investigada por Sebastián Casanello. Piden que Gils Carbó realice la denuncia.
Luego de que en el programa de Jorge Lanata se revelará cómo el empresario santacruceño Lázaro Báez realizó millonarios giros de dinero a bancos suizos a través de paraísos fiscales, Elisa Carrió fue la primera en tomar en cartas en el asunto y se presentó ante la Justicia Federal para ampliar una denuncia que había realizado en 2008.

La diputada nacional realizó la presentación ante el juez federal Julián Ercolini, a quien le entregó el video del programa emitido anoche ya que, en su opinión, es "una valiosa prueba" para ampliar su denuncia por supuesta asociación ilícita contra funcionarios kirchneristas y empresarios ligados al gobierno.

"Se ha difundido un informe periodístico con íntima relación a los hechos denunciados en esta causa y que oportunamente tuvieran requerimiento del fiscal actuante a fin de que se investigue entre otros delitos, el de asociación ilícita respecto de los señores Lázaro Báez, Julio De Vido, Claudio Uberti, Ricardo Jaime, Carlos Zannini, Cristóbal López, y Rudy Ulloa Igor y el fallecido ex presidente Néstor Kirchner", señaló el texto presentado por Carrió.

No obstante, la causa no será investigada por Ercolini, ya que el magistrado pidió a la Cámara que sortee el caso. El encargado de investigar será el juez federal Sebastián Casanello, uno de los jueces federales nombrados por el Gobierno el año pasado. Actualmente está a cargo del juzgado Criminal y Correccional N°7.

Según Carrió, el aporte del informe del programa Periodismo Para Todos revela "la gravedad de los hechos" y es una "prueba de la asociación ilícita y de otros delitos penales". Por esto, la diputada lamentó que "no se haya investigado suficientemente en la denuncia" que radicó en 2008. “(Ercolini) nunca se animó a allanar ni a pedir los expedientes de los subsidios, nunca se animó contra Kirchner ni Lázaro Báez. Esta fue la complicidad de la Justicia Federal para tapar la causa”, agregó.

“El informe no me sorprendió. En marzo de 2004 nosotros dijimos que el cajero era De Vido. Está claro que Kirchner era el jefe de Lázaro Báez. Yo presenté la denuncia por asociación ilícita contra Kirchner, De Vido, Jaime, Cristóbal López y Lázaro Báez. Había una maniobra fraudulenta de 400 millones de dólares. En este momento, Cristina Kirchner y Lázaro Báez son socios”, dijo Carrió en una entrevista con TN.

La presentación de la legisladora solicita que se realicen "allanamientos pertinentes para salvaguardar las pruebas que pudiesen existir, que tome las declaraciones testimoniales e indagatorias de rigor, que exhorte a las entidades y organismos oportunos para que se remita la información sobre las sociedades comerciales y cuentas bancarias radicadas en el exterior a las que se refiere este informe".

Carrió reclamó además que "se allane la sede de la firma SCI, ubicada en el complejo Madero Center del barrio Puerto Madero de la ciudad de Buenos Aires" y que se cite a “Lázaro Báez, Martin Báez, Leandro Báez, Leonardo Fariña, Federico Elaskar, Daniel Pérez Gadín y Fabián Rossi", todos los mencionados en el informe.

Piden que intervenga Gils Carbó

El ex fiscal Pablo Lanusse solicitó la intervención de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó para que promueva una denuncia penal por este caso. Además, solicitó la renuncia de los titulares de los organismos del Estado que no controlaron y quedaron "en grosera posición adelantada".

En ese sentido, señaló a la Unidad de Información Financiara (UIF), al Banco Central, a la Secretaría de Inteligencia y a la AFIP. Al respecto, indicó que son "todos organismos que sabemos que desgraciadamente durante los últimos años en vez de cumplir y responder al fin por lo que fueron creados son arietes de aprietes, de extorsión y amenazas hacia todos los que se animan a levantar la voz y a poner el énfasis en que este relato es pura cáscara".

Lanusse explicó que "todo funcionario público y especialmente los fiscales o la procuradora, la doctora Gils Carbó, tienen la obligación funcional de promover la denuncia penal de estos hechos, porque no puede quedar ninguna duda que lo que se conoció puede configurar un delito y necesita una investigación".

Otro ex fiscal, el ahora diputado Manuel Garrido reclamó que "la Justicia inmediatamente debe tomar el caso y verificar lo que están contando. Se conoció mucha información, nombres de sociedades, cuentas bancarias. La justicia tiene que investigar".

En opinión del ex fiscal de Investigaciones Administrativas de acuerdo a las denuncias podría configurarse el delito de lavado de dinero ("que tiene una pena básica de hasta diez años de prisión") y "además, había montada toda una estructura para lavar dinero, por lo que podría verse si no hay asociación ilícita".

La denuncia

En el programa de TV se mostraron dos cámaras ocultas al empresario Leonardo Fariña, quien se dijo "empleado" de Lázaro Báez, un empresario que catalogó como "socio" del ex presidente Néstor Kirchner "en todo", y señaló que era el encargado de trasladar el dinero desde Río Gallegos a la financiera SGI en Puerto Madero, donde se generaba el mecanismo de salida de los fondos rumbo a paraísos fiscales.

También el ex dueño de la financiera, Federico Elaskar dio detalles de la ruta del dinero hacia el exterior, hasta llegar a cuentas radicadas en Suiza. Según su testimonio, Báez y Fariña transfirieron fondos al exterior en cuatro meses por 55 millones de euros. Ese dinero, medido en kilos por Elaskar, habría ido a parar a cuentas en Suiza de empresas radicadas en paraísos fiscales.

En la cámara oculta, Fariña revela que Néstor Kirchner conocía todas las operaciones de Báez. "Vos no tenés dimensión de la estructura que había armado Néstor... Yo te puede asegurar que el tipo manejaba todo", contó Fariña.

www.lapoliticaonline.com

Dr. Leandro Alonso “Tienen que “mantener la épica”…”


www.diarioenlacosta.com.ar
El Vicepresidente 2º del Colegio de Abogados, que Preside el Dr. Lamachia. Estaba invitado también el Dr. Rajoy, quien a llamó a último momento ya que un compromiso profesional no le permitió estar en los estudios de FMREC02.5, para debatir sobre el conjunto de Leyes que el Poder Ejecutivo ha enviado al Congreso y que afectan directamente al Poder Judicial.

En el Programa La Torre de Babel, el Arq. Roberto Novoa entrevistó en los estudios de FMREC 92.5 al Dr. Leandro Alonso, esto decía;
Cuestiones diferentes
“Son distintas cuestiones las que busca el Gobierno con estas medidas, una de ellas es netamente política, el hecho de mandar la Reforma en este momento puntual, es para “distraer la atención”  que la gente tiene puesta sobre los desastres de Capital Federal y La Plata. ..”
Reforma
“Si bien la señora Presidente había anunciado que iba a mandar el paquete de Reformas de la Justicia, al Parlamento Nacional (yo lo llamo Reforma, porque de ninguna manera esto es democratización) Pueden ponerle el título que quieran para justificarlo, pero lo cierto es que es una Reforma…”
Los “impulsos” del Gobierno
“El Gobierno se maneja por “impulsos” y si bien fue anunciado en la apertura de Sesiones, la asunción del Papa Francisco, hizo que pasase a segundo plano, hizo que se cayera la intención de avanzar “sobre la Justicia”, pero las inundaciones que demuestran una vez más la impericia del Gobierno,  ¡Hicieron que se volviera sobre un tema fundacional para mantener la “épica”, y volver a poner en el tapete un tema “fundacional” para el país”…”
Épica Refundacional
“Esta es la épica de refundar el país, que están planteando la “democratización” de la Justicia y el pueblo…  es la misma historia, que cuando nacionalizaron YPF y “borraron” las AFJP…”
“Por un lado es una “bomba de humo” en un momento muy delicado, tratando de darle ´ánimo a la militancia “kirchnerista”, para una elección bastante complicada…”
La intención política
“En segunda instancia creo que hay una clara intención política ya estudiada por el Gobierno, que la habían pospuesto por la asunción del Papa Francisco, y ahora tuvieron la necesidad de “sacarla a la luz”…”
“Esta reforma de ser aprobada por el Congreso recién tomaría vigencia plena dentro de un año o dos, porque hay que ver si la Justicia “la para” o no en su aplicación (hay algunas cosas que se van a aplicar y otras que no)…”
“Son seis Proyectos simultáneos los que se plantean, de los cuales hay dos o tres que son muy controvertidos y hay otros 3 que van en el “Paquete” para justificar su aprobación…”
Ingreso Igualitario a la Carrera Judicial
Parece mentira que el Gobierno que más avasalla los derechos de los Empleados Públicos, esté planteando este derecho, ¡No lo hacen para ingresar al Poder Ejecutivo, donde ingresan solo los de “La Cámpora” con los mejores sueldos…”
“En “casa” (Poder Ejecutivo) hago lo que quiero, y en la Justicia plantean el ingreso igualitario, es obvio que es lo que quieren todos los que tienen interés en ingresar, (pero el espíritu del Kirchnerismo es otro totalmente contrario)…”
Publicación de las Declaraciones Juradas en Internet
“¡¡La oposición esto lo viene pidiendo hace 10 años!! Es el Oficialismo el que no quiso nunca publicar las Declaraciones Juradas, ahora sacan una Ley, (donde obviamente no pueden poner únicamente a los Jueces) y entonces sale del Presidente para abajo. En esto estamos todos de acuerdo…”
La Obligación de la Publicación de Fallos
“El propio Gobierno hace un año sacó una Página Web nueva, donde se van publicando los fallos, la Suprema Corte de Justicia tiene su Página donde se publican  absolutamente todos los fallos, y tiene el seguimiento del expediente y la Jurisprudencia, y el Poder Judicial de la Nación también tiene su Página Web… “
Obvio
“Estos tres expedientes no merecerían tratarse por lo obvio…Ante un conjunto de Proyectos “complicados” mandan tres para justificar, lo que pasa es que son demasiado obvios, y que sería fácil poner en práctica sin la necesidad de una Ley…”·

“¡La Constitución dice la palabra equilibrio!...”

Un recorrido por tres de los 6 Proyectos Presentados, por el Poder Ejecutivo y que han tenido un acelerado tratamiento en comisión, referentes a la Reforma del Poder Judicial, son objetados por el abogado marajense. No solo se  limita al Poder Judicial, en cuanto a los casos que le van a llegar, sino también en cuanto a la Administración del Poder Judicial. La mayoría simple que propone para el Consejo de la Magistratura, es una clara forma de llegar a la “mayoría automática”.

Esta es la segunda parte de la nota que le realizara el Arq. Roberto Novoa, al Dr. Leandro Alonso Vicepresidente Segundo del Colegio de Abogados de Dolores, en los estudios de FMREC 92.5
Proyectos
“A partir de los tres primeros proyectos (obvios) vienen tres proyectos “complicados”.
La Administración del Poder Judicial
 “Acá es cuando comienza a verse el espíritu de la Reforma, por un lado limitar las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia, no solo desde el punto de vista de la actividad Judicial, sino también de la Administrativa. En estos tres proyectos se nota claramente la limitación que tendría la Corte Suprema de Justicia  de la Nación, para organizar Administrativamente el Poder Judicial de la Nación….
Cámaras de Casación
y también la posibilidad de que lleguen expedientes a la Corte a través de la creación de las Cámaras de Casación,
Medidas Cautelares
 la necesidad que tiene el Gobierno de limitar las medidas Cautelares contra el Estado, esto va contra todo principio de Derecho moderno, poniendo como base los derechos del Estado por encima de los Derechos Individuales de los ciudadanos….”
Consejo de la Magistratura
“El tema del Consejo de la Magistratura quee apunta a armar en forma  “rápida” una mayoría “automática”…”
“El tema de la cantidad de miembros es importante, incluso se contradice la misma Presidente, con lo que ella misma proponía hace 8 años atrás, cuando decía que había que bajar los miembros por el tema del gasto y otras tantas cuestiones (ahora nuestra economía no está tan “floreciente” como para cambiar de idea)…”
“El tema principal es que ¡Cambian las mayorías necesarias  para nombrar o remover un Juez, (hoy son dos tercios del Consejo, pasaría a mayoría simple, la mitad más uno)…”
“Hasta se dan el lujo de decir por televisión “Generamos una mayoría calificada, con la mitad más uno de los miembros (no de los presentes) esto es ir contra la inteligencia  de cualquier ciudadano, es una falta de respeto escuchar a este ejecutivo hablar…”
“Es indispensable que la mayoría sigan siendo dos tercios (lo mismo que para remover un Intendente), sino cualquier Juez quedaría sujeto a la remoción…”
“Allí aparece otro tema, la elección directa, (el Gobierno y sus acólitos hablan de “No tener miedo a la democratización”) lo que sucede es que el sistema que se genera con la elección directa, ¡Va directamente a los Partidos Políticos! Y como eligen 3 miembros por cada uno de los estamentos (dos para mayoría y uno para minoría), se arma una mayoría automática, aunque se deje la condición de los dos tercios, por lo menos hasta el 2015, cuando se terminan de remover…”
“Todo aquel que esté en condiciones de pertenecer al Consejo de la Magistratura, va a tener que afiliarse a un Partido Político, porque va en la misma boleta….”
“La propia Presidente dijo “La Constitución reconoce  a los Partidos Políticos como representantes de la voluntad popular (hasta allí estamos de acuerdo), por lo tanto a través de los Partidos Políticos se tienen que elegir a los representantes del Consejo de la Magistratura…”
“Acá es donde se encuentra el mayor inconveniente, porque la Constitución Plantea, es equilibrar el peso político, con todo lo que tiene que ver con el Estamento Científico, (Con los Abogados, los Representantes de los Jueces). ¡La Constitución dice la palabra equilibrio!! Y acá terminamos generando un Consejo de la Magistratura donde la mayoría son políticos, con una mayoría “automática”, que le permite al Partido Político que gane, el Presidente elegido asume con mayoría en el Consejo de la Magistratura, por lo tanto va a poder manejar el Poder Judicial prácticamente a su antojo…”
“Por  lo menos antes se necesitaba acuerdo del Senado…”
La demora en la Justicia ¿Quién es el responsable?
“El principal responsable de las demoras, es el propio Gobierno, (no solo por las apelaciones), sino porque los plazos de traslados en los Juicios contra el Estado, son mucho más largos, que los que cuando el Juicio es entre particulares, pero además es el gobierno que se toma hasta el último minuto del plazo para presentar o contestar una demanda, con lo cual los juicios se tornan lentos….”

“Cotoco”, un candidato activo en Twitter

http://www.entrelineas.info


En nuestra región no son muchos los políticos que utilizan las redes sociales con constancia. Una excepción es el líder de A Toda Costa, Marcos García. Sus ganas de ir en las elecciones con PRO.

La cuenta de Twitter de García es @marcos_cotoco.
Por Andrés Ferré
correo@entrelineas.info

En nuestra región no son muchos los políticos que utilizan las redes sociales con constancia. Desde comienzos de marzo, una excepción resulta Marcos García, el principal opositor al oficialismo costero, líder del partido vecinal A Toda Costa. Además de prevalecer en las legislativas de 2009 (en aquel entonces junto a Francisco De Narváez, hoy distante), fue 2º en las elecciones de 2011.

“Cotoco” tiene una cuenta de Twitter (@marcos_cotoco) que abrió en 2011 y hasta marzo tenía poca actividad. Sin embargo, desde el 9 de marzo de 2013 ha escrito la mitad de los más de 300 mensajes que tiene en su historial de la red social. Allí interactúa con otros dirigentes políticos y periodistas. Más allá de que en diálogo con ENTRELÍNEAS.INFO el dirigente confirmó que A Toda Costa definirá en mayo cómo encararán las elecciones de 2013, cerca suyo admiten que tiene intenciones de sumarse al macrismo.

Así se desprende, además, de algunos de sus mensajes en Twitter. Por ejemplo, sostuvo acerca de Mauricio Macri: “Si quiere ser Presidente, tiene que tomar la decisión de librar la batalle en el territorio bonaerense y encabezar la lista de diputados nacionales”. También le dio su apoyo a su amigo, el intendente platense Pablo Bruera, tras las inundaciones en La Plata. “No es hora de encontrar culpables, es el momento de ayudar a la gente salir de esta situación”, escribió.